Circular : 038
Destino : Afiliados Beneficiarios del Subsidio Familiar
Asunto : Notificación de Prescripción del Subsidio Familiar
Fecha : 05/04/2024
La Caja de Compensación Familiar Cajacopi Atlántico en cumplimiento a lo establecido en
el artículo 6º de la Ley 21 de 1982 que dice: "ARTÍCULO 6º. Las acciones correspondientes
al subsidio familiar prescriben en los términos del Código Sustantivo del Trabajo…" y a lo
indicado en el artículo 488 del Código sustantivo de Trabajo que transcribe: "ARTICULO
488. REGLA GENERAL. Las acciones correspondientes a los derechos regulados en este
código prescriben en tres (3) años, que se cuentan desde que la respectiva obligación se
haya hecho exigible, salvo en los casos de prescripciones especiales establecidas en el
Código Procesal del Trabajo o en el presente estatuto".
Notifica a los trabajadores afiliados que se relacionan a continuación que sus subsidios
monetarios no cobrados y cuya vigencia es de 3 años, se les aplicará la prescripción:
CÉDULAS |