Circular : 025
Destino : Afiliados Beneficiarios del Subsidio Familiar
Asunto : Notificación de Prescripción del Subsidio Familiar
Fecha : 06/03/2023

La Caja de Compensación Familiar Cajacopi Atlántico en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º de la Ley 21 de 1982 que dice: "ARTÍCULO 6º. Las acciones correspondientes al subsidio familiar prescriben en los términos del Código Sustantivo del Trabajo…" y a lo indicado en el artículo 488 del Código sustantivo de Trabajo que transcribe: "ARTICULO 488. REGLA GENERAL. Las acciones correspondientes a los derechos regulados en este código prescriben en tres (3) años, que se cuentan desde que la respectiva obligación se haya hecho exigible, salvo en los casos de prescripciones especiales establecidas en el Código Procesal del Trabajo o en el presente estatuto".

Notifica a los trabajadores afiliados que se relacionan a continuación que sus subsidios monetarios no cobrados y cuya vigencia es de 3 años, se les aplicará la prescripción:

CÉDULAS
4515558 8649667 22546047 22551898 32754407 44159972
72255680 72296244 72329629 1040491241 1045667767 1045681128
1045710571 1070024234 1102867021 1129507532 1140893981 1143152108